domingo, agosto 10

UN OLVIDO QUE VALE MILLONES

Desde el año 1975 los municipios y comunas de Santa Fe reciben el 6% de la facturación bruta de la EPE por el uso del espacio aéreo. Este monto es pagado por los usuarios y aparece discriminado en la facturación. La ley que autoriza el cobro de este canon fue derogada en diciembre de 2006. Pese a carecer de respaldo legal la alícuota se siguió aplicando. El gobierno busca restituir la vigencia de este tributo que en 2008 recaudará 36 millones de pesos. ¿Podrán los usuarios exigir la devolución de este dinero cobrado sin autorización?

Si usted busca el comprobante del último pagó que le hizo a la Empresa Provincial de Energía, encontrará que en el recuadro correspondiente al “Detalle de Facturación” aparece discriminado un rubro que se denomina “Ley Nº 7797 (6,00 % del Básico)”, correspondiente al canon que los municipios y comunas de la provincia reciben de la distribuidora eléctrica por el uso del espacio aéreo.

Este componente de la tarifa de la EPE fue instaurado en 1975, a partir de la Ley Nº 7.797, que en su artículo primero establece que se “abonará a aquellas Municipalidades y Comunas donde preste servicios por concesión de los mismos, el 6% (seis por ciento) de lo que se recaude por entradas brutas por venta de energía eléctrica”, excluyendo del cálculo al alumbrado público y los consumos de los organismos del estado.

De acuerdo al Presupuesto 2008 de la EPE, por este concepto se repartirán 36 millones de pesos entre municipios y comunas durante el presente ejercicio, que para el caso de la ciudad de Santa Fe significa un ingreso de $ 1.783.872, según consta en las planillas anexas del presupuesto municipal. Visto desde la perspectiva de un usuario, el pago de este canon para un consumo de 680 kWh representa la suma de $ 8,50 por bimestre o $ 51 por año.

El detalle que ha pasado desapercibido, es que la ley que autoriza el cobro de este componente de la tarifa eléctrica fue derogada en diciembre de 2006. Desde esa fecha a la actualidad, los usuarios de la EPE siguen pagando un adicional del 6% sobre el consumo básico que carece de respaldo legal.

Esta situación se prolongó durante los últimos 20 meses y se originó con la sanción de la Ley Nº 12.700 que derogó la ley de privatización de la EPE aprobada en 1999. El 14 de diciembre de 2006, la Legislatura Provincial restituyó la plena vigencia de la Ley Nº 10.014 como marco normativo de la distribuidora eléctrica santafesina. La iniciativa fue impulsada por el diputado reutemista Danilo Kilibarda, que para desgracia de municipios, comunas y usuarios, se olvidó de incluir en el proyecto la restitución de la vigencia de la Ley Nº 7.797 aprobada en los tiempos de Carlos Silvestre Begnis.

Recién la semana pasada, la Cámara de Diputados dio media sanción a un nuevo proyecto de ley que intenta corregir esta desprolijidad que le costó millones de pesos a los usuarios santafesinos. Con la firma de los diputados Lamberto, De Cesaris, Simoniello, Vucasovich, Liberati, Marín y Simil, se aprobó la modificación del Artículo 2º de la Ley Nº 12.700 - Canon por uso del Espacio Aéreo a Municipios y Comunas – estableciendo la plena vigencia de la Ley Nº 7.797, derogada por descuido en diciembre de 2006. Ahora resta la aprobación de la Cámara de Senadores para restituir la legalidad del adicional del 6%. Mientras esto sucede conviene detenerse en otro sector de la factura de la EPE.

En el recuadro denominado “Información Complementaria” se puede leer: "Usted tiene
derecho a reclamar una indemnización si le facturamos sumas o conceptos indebidos o reclamamos el pago de facturas ya abonadas. Ley 24.240”, más conocida como ley de Defensa del Consumidor. En la sesión del último jueves, ningún diputado precisó, si el cobro del 6% se debe seguir efectuando o si los montos abonados por los usuarios desde diciembre de 2006 a la fecha pueden ser reclamados.

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